Motocross Puerto Rico

El campeonato nacional de la C.M.P.R., Inc. será organizado, sancionado y patrocinado por conducto de la Federación de Motociclismo de Puerto Rico a. Este campeonato deberá constar de un mínimo de 10 eventos los cuales se distribuirán entre los promotores y dueños de pista reconocidos por la C.M.P.R., Inc.

b. Se utilizaran para el campeonato las pistas disponibles y certificadas por la Federación de Motociclismo.

c. Estas competencias deberán convocarse con 15 días de antelación a la fecha designada.

d. Se tendrá que llevar un estricto control de los resultados de cada competencia y cada promotor utilizara al oficial designado por el cuerpo de Directores Técnicos.

e. En estas competencias podrán participar corredores de otros países, sin derecho a puntos, ni premiación. Será obligación del promotor del evento la forma de premiarlos y cubrir sus gastos.

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